Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

​El Gobierno lleva siete meses mareando a un ciudadano para no revelar los gastos de representación de Sánchez

Se insta a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno a que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, facilite la información al reclamante


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Presumir de transparencia y de acceso a la información pública es una cosa. Predicar con el ejemplo es otra. Y si no que se lo digan a un ciudadano que hace más de ocho meses usó su derecho de solicitud de información a través del Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado pidiendo al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que dirige Félix Bolaños, unos datos concretos sobre un miembro del Consejo de Ministros. 


El Gobierno ha sido objeto de críticas por la falta de transparencia en la gestión de la información pública, tras una reclamación por la no facilitación de los datos sobre los gastos de representación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, entre los años 2018 y 2022. Según consta en la documentación, el 10 de septiembre de 2024, un ciudadano presentó una solicitud al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, amparándose en la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG).


Pedro Sánchez

Pedro Sánchez. (Pool Moncloa/. B.P de la Bellacasa).


En su solicitud, el ciudadano requirió el acceso a los "gastos de representación de Pedro Sánchez como presidente de Gobierno entre los años 2018 y 2022 desglosados por años, fecha, lugar, motivo del viaje y tipo de dieta", así como "la suma total de cada año". Además, solicitó los "gastos totales de los mismos viajes incluyendo toda la comitiva que le acompañaba así como el número de personas que le acompañaban excluyendo al personal de seguridad". Ante la falta de respuesta por parte de la Administración en el plazo legalmente establecido, el solicitante interpuso una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno el 2 de enero de 2025.

«Me gustaría tener los gastos de representación de Pedro Sánchez como presidente de Gobierno entre los años 2018 y 2022 desglosados por años, fecha, lugar, motivo del viaje y tipo de dieta. Así como la suma total de cada año. También solicito los gastos totales de los mismos viajes incluyendo toda la comitiva que le acompañaba así como el número de personas que le acompañaban excluyendo al personal de seguridad». 

Y no consta respuesta de la Administración, que tiene un mes desde que se activa el plazo para contestar. En ocasiones se solicita un mes más para recabar más información. Sin ir más lejos, Sueldos Públicos ha usado esta herramienta decenas de veces desde que está en marcha. Así, hemos podido conocer cuánto IRPF paga el jefe del Estado, Felipe VI, en su declaración de la renta, por ejemplo. Por lo tanto, el Ejecutivo lleva siete meses mareando al contribuyente.


El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, tras analizar el caso, ha emitido una resolución en la que estima la reclamación interpuesta frente a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno. En dicha resolución, se insta a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, que dirige Judit Alexandra González Pedraz y cobró 125.762 euros brutos en 2024, incluidos seis trienios, a que, en el plazo máximo de 10 días hábiles, remita al reclamante la siguiente información:


Asimismo, se insta a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno a que, en el mismo plazo máximo, remita al Consejo de Transparencia copia de la información enviada al reclamante. La Ley 19/2013 reconoce el derecho de todas las personas a acceder a la información pública, entendiendo por tal "los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones". La resolución lleva fecha de 7 de abril, pero la web del Consejo de Transparencia la publicó hace dos días.


La Administración está obligada a conceder el acceso a la información solicitada, "salvo que justifique de manera clara y suficiente la concurrencia de una causa de inadmisión o la aplicación de un límite legal".


En este caso, el órgano requerido no respondió a la solicitud en el plazo legalmente establecido, "sin que conste causa o razón que lo justifique". Además, "el órgano requerido no ha contestado a la petición de alegaciones formulada en el marco de este procedimiento", lo que dificulta la labor del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno para valorar las circunstancias y determinar la procedencia o no de conceder el acceso a la información.


El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno recuerda que "la observancia del plazo máximo de contestación es un elemento esencial del contenido del derecho constitucional de acceso a la información pública" y que las limitaciones al derecho de acceso a la información deben interpretarse de forma estricta y solo son aceptables si están justificadas, son proporcionadas y se basan en uno de los supuestos legalmente establecidos.


En este caso, el Ministerio reclamado no ha justificado la concurrencia de una causa de inadmisión ni la aplicación de ningún límite legal que impida el acceso a la información solicitada.


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