Los diputados del Congreso seguirán cobrando 3.200 euros brutos al mes, pese a incumplir el reglamento de la Cámara, según una PNL del PSOE
Los parlamentarios dejarán de percibir los complementos salariales en caso de sanción, pero la asignación constitucional no se toca
El Grupo Parlamentario Socialista defenderá este martes en el Pleno del Congreso de los Diputados una propuesta de reforma del Reglamento de la Cámara que, visto el régimen de sanciones, puede servir para poco si hacer las cosas mal no se castiga apretando el bolsillo de sus señorías. El objetivo central es regular, por primera vez, la actividad de los 'grupos de interés' y establecer un marco de mayor transparencia y fiscalización en la labor legislativa. Esta iniciativa, que se enmarca en el Plan de Acción por la Democracia del Gobierno, busca prevenir conflictos de intereses y garantizar una mayor claridad en la influencia de estos grupos sobre las decisiones públicas.
La propuesta socialista, registrada el pasado 23 de mayo por el portavoz Patxi López, califica la regulación de los 'lobbies' en las Cortes Generales como una "asignatura pendiente". El PSOE denuncia que, hasta ahora, estos actores influyen en los acuerdos públicos sin una normativa específica ni obligaciones claras de transparencia. La reforma pretende poner fin a esta "laguna" y visibilizar qué entidades están tratando de influir en las políticas y leyes que se debaten en el Congreso de los Diputados.
El nuevo Título XIV propuesto para el Reglamento del Congreso definirá con precisión qué es un grupo de interés y la actividad de influencia, estableciendo un código de conducta que regirá su labor con principios de integridad, respeto a la Constitución y veracidad de la información. Entre las novedades más destacadas, se creará un Registro de grupos de interés público y accesible en la web del Congreso, donde deberán inscribirse aquellos que deseen influir en la Cámara. Los diputados también estarán obligados a dar publicidad a sus interacciones con estos grupos o lobbies a través de la misma plataforma.
Además, cada iniciativa legislativa deberá incorporar un "informe de huella legislativa", que reflejará las modificaciones producidas y las propuestas de grupos de interés incorporadas. Al registrar cualquier iniciativa, se deberá comunicar si tiene su origen en un grupo de interés. Este informe también detallará todas las votaciones, incluyendo el sentido del voto de cada diputado, con acceso público y gratuito.
Procedimientos y sanciones para lobbies y diputados
La propuesta del PSOE establece un detallado catálogo de infracciones y un procedimiento sancionador para garantizar el cumplimiento de estas nuevas normas:
- Para los Grupos de Interés (Artículo 217):
- Inicio del procedimiento: Puede ser a solicitud de un grupo parlamentario, la Mesa del Congreso o de una de sus Comisiones, o la Secretaría General de la Cámara.
- Instrucción: La Secretaría General del Congreso de los Diputados será la competente para instruir el procedimiento, pudiendo inadmitir solicitudes sin fundamento.
- Audiencia y plazos: Se dará audiencia a las personas afectadas por un mínimo de 15 naturales, permitiendo la práctica de prueba. La instrucción concluirá en un máximo de cuatro meses, elevando un informe con propuesta de sanción a la Mesa, que resolverá en el plazo máximo de un mes.
- Sanciones: Las infracciones podrán acarrear desde un apercibimiento hasta la suspensión temporal o la prohibición indefinida de inscribirse en el Registro, lo que impediría su actividad de influencia en el Congreso.
- Para los diputados y Grupos Parlamentarios (Artículos 218 y 219):
- Tipos de Infracciones (Artículo 218): Se consideran infracciones el incumplimiento de las obligaciones del Reglamento (incluyendo el nuevo Título), la falsedad o no presentación de las declaraciones de bienes, actividades o intereses económicos, y el incumplimiento de cualquier obligación del Código de Conducta de las Cortes Generales.
- Procedimiento Sancionador (Artículo 219):
- Denuncia: Cualquier grupo parlamentario, la Mesa de la Cámara, la Mesa de una Comisión o la Secretaría General del Congreso pueden denunciar incumplimientos.
- Instrucción: La Comisión del Estatuto del Diputado será la competente para instruir el procedimiento, con capacidad para inadmitir solicitudes sin fundamento.
- Audiencia y plazos: Se dará audiencia a los afectados por un mínimo de quince días naturales y la instrucción concluirá en un plazo máximo de cuatro meses.
- Propuesta de Sanción: La Comisión del Estatuto del Diputado podrá proponer sanciones graduadas en función de la gravedad de los hechos. Estas pueden ir desde un apercibimiento y publicación de la infracción en la web del Congreso hasta la retirada de cargos y complementos salariales del diputado o diputada que haya incurrido en la infracción, exceptuando aquellos establecidos constitucionalmente.
- Aprobación: La sanción propuesta deberá ser elevada al Pleno del Congreso para su aprobación.
La propuesta socialista, por tanto, busca establecer un marco de consecuencias más tangible para los incumplimientos en el ámbito parlamentario, reforzando la transparencia y la rendición de cuentas en un contexto donde, según la propia iniciativa, los diputados seguirán percibiendo su asignación básica de 3.236 euros brutos al mes. Sin embargo, la nueva regulación introduce mecanismos para que ciertas infracciones tengan un impacto directo sobre los "cargos y complementos salariales" que exceden la asignación fundamental, marcando un precedente en la fiscalización de la actividad parlamentaria.
Régimen económico
El régimen económico de los diputados del Congreso de los Diputados se compone de varias percepciones, la mayoría de ellas sujetas a retención y tributación fiscal, y está diseñado para compensar tanto la función básica como las responsabilidades adicionales derivadas de los cargos desempeñados.
La base de la retribución para todos los diputados es una asignación constitucional de 3.236 euros brutos al mes. Esta cantidad, idéntica para todos, se percibe en catorce pagas anuales y representa la base fundamental de su remuneración.
A esta asignación común se añaden complementos mensuales que varían significativamente según el cargo específico que el diputado o diputada ostente dentro de la Cámara o en sus comisiones. Estos complementos reconocen las responsabilidades adicionales inherentes a cada posición y se dividen en diferentes categorías:
- Complemento de miembro de Mesa: Percibido por aquellos que forman parte de la Mesa del Congreso (presidente, vicepresidentes y secretarios). Por ejemplo, el presidente recibe 3.540 euros mensuales por este concepto, los vicepresidentes 1.393 euros y los secretarios 1.088 euros.
- Gastos de representación: Asignaciones destinadas a cubrir los desembolsos asociados a la función pública de representación inherente a ciertos cargos. Las cuantías varían notablemente: el presidente del Congreso percibe 3.845 euros, los vicepresidentes 1.164 euros, los secretarios 942 euros, los portavoces de grupo 2.006 euros, y los portavoces adjuntos de grupo 1.638 euros. Dentro de las comisiones, los presidentes de Comisión reciben 1.646 euros, mientras que los vicepresidentes y portavoces de Comisión perciben 1.203 euros, y los secretarios y portavoces adjuntos de Comisión 802 euros.
- Gastos de libre disposición: Cantidades destinadas a cubrir otros gastos discrecionales vinculados a la actividad del cargo. El presidente del Congreso cuenta con 3.152 euros por este concepto, los vicepresidentes 814 euros, los secretarios 780 euros, los portavoces de grupo 1.067 euros, y los portavoces adjuntos de grupo 761 euros.
Es importante destacar que estos complementos no son acumulables en caso de que un diputado ostente varios cargos dentro del mismo grupo parlamentario. No obstante, los portavoces de grupo sí pueden ser portavoz de una comisión y cobrar los dos complementos.
Adicionalmente a estas retribuciones, los diputados tienen derecho a indemnizaciones y ayudas diseñadas para sufragar los gastos indispensables para el cumplimiento de su función. Esto incluye una indemnización mensual exenta de tributación, que es de 2.078 euros para diputados de circunscripciones distintas a Madrid y de 992 euros para los elegidos por Madrid, destinada a cubrir los gastos inherentes a su actividad parlamentaria. Se cubren también los gastos de transporte en medios públicos, con reembolso directo de billetes o abono por kilómetro (0,26 euros) si usan su vehículo particular, además de una tarjeta de taxi en Madrid con un límite anual de 3.000 euros. Finalmente, se perciben dietas por desplazamientos en viajes oficiales autorizados por la Mesa, con 150 euros diarios para viajes al extranjero y 120 euros para viajes nacionales.
Con la propuesta de reforma del Reglamento del Congreso, se establece un nuevo régimen sancionador que podrá afectar directamente a parte de estas percepciones. En caso de infracciones, los diputados o diputadas podrán enfrentar la retirada de cargos y de los complementos salariales asociados a estos, así como la publicación de la infracción en la web del Congreso. Sin embargo, es fundamental aclarar que esta medida no afectará a la asignación constitucional básica de 3.236 euros brutos al mes (en 14 pagas anuales), ya que la reforma respeta las retribuciones establecidas constitucionalmente, centrándose en las percepciones adicionales vinculadas al cargo y los complementos salariales que exceden esa asignación fundamental.
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