Los altos cargos de los cabildos de Canarias pretenden saltarse las normas que fijan sus sueldos públicos: alguno cobra más de 94.000 euros brutos anuales
Tanbién pretendían quitar el límite a la contratación de personal eventual
El intento de los cabildos canarios por sacudirse el "corsé" salarial impuesto por el Estado ha chocado frontalmente con la legalidad vigente. El Consejo Consultivo de Canarias ha emitido un informe en el que califica de inconstitucionales varios artículos de la nueva Ley de Cabildos que se tramita en el Parlamento regional. El objetivo de las corporaciones insulares, impulsadas por la Federación Canaria de Islas (FECAI), era dejar de estar equiparadas a los ayuntamientos y diputaciones para evitar los límites retributivos que fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En la FECAI no hay altos cargos en nómina. Sí perciben 'gastos de representación asignados', pero los datos no están publicados en la web institucional. El 18 de febrero hay una Comisión de Cabildos y se analizará este asunto. En julio de 2023 ya nos hicimos eco de los sueldos públicos de los siete presidentes de los cabildos canarios. Entonces las cifras oscilaban entre los 60.000 y los 89.000 euros brutos anuales.
Disposición final Cuarta. Inaplicación de los límites retributivos de miembros de Corporaciones Locales en los Cabildos Insulares como instituciones de la Comunidad Autónoma Esta disposición establece que «Conforme lo previsto en la Disposición adicional decimosexta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local no se aplicará a los cabildos insulares los límites del régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales previstos en los artículos 75 bis y 75 ter de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local introducido por el artículo primero, números dieciocho y diecinueve de la antedicha ley 27/2013». Además de ser objetable la confusa redacción de este precepto en aras a la correcta inteligencia del mismo, dicha previsión resulta contraria al marco de la legislación básica estatal, y, por tanto, inconstitucional, toda vez que los citados arts. 75 bis y 75 ter, dictados al amparo de los arts. 149.1.14.ª y 18.ª CE, tienen carácter básico y son de aplicación directa a los cabildos insulares. (...)
CONCLUSIONES 1. La Proposición de Ley de Cabildos Insulares, en términos generales, es conforme a los parámetros constitucionales y estatutarios de referencia, sin perjuicio de las observaciones que se formulan en el Fundamento V del presente Dictamen. 2. Los arts. 87.3, 88 y art 123.1, así como las Disposiciones finales Segunda, Tercera y Cuarta de la Proposición de Ley no se ajustan a Derecho.
Según el Consultivo, esta pretensión vulnera la normativa básica estatal y pone en riesgo los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera al intentar crear un régimen retributivo "a la carta". El presidente del Consejo Consultivo de Canarias es Carlos de Millán. Según el Portal de Transparencia de la web, percibió 5.426 euros brutos al mes en 2019 (dato más actualizado disponible). La misma cantidad percibieron los consejeros del Consejo.
En la actualidad, el marco legal establece topes máximos basados en la población de cada isla: para Tenerife y Gran Canaria el límite ronda los 125.000 euros anuales, mientras que en las islas menores oscila entre los 50.000 y 105.000 euros. Las corporaciones insulares argumentan que, debido a su "doble condición" como instituciones de la Comunidad Autónoma y órganos de gobierno insular, no deberían estar sujetas a las mismas restricciones que un consistorio local. Sin embargo, el órgano jurídico es tajante: la Ley de Bases del Régimen Local es de aplicación directa y obligatoria, y cualquier intento de inaplicación supone una invasión de competencias exclusivas del Estado.
Diferencias en las nóminas
El debate sobre la liberación de estos topes llega en un momento en que la mayoría de los presidentes insulares perciben salarios que, aunque elevados, se mantienen por debajo de los límites máximos permitidos. Rosa Dávila, al frente del Cabildo de Tenerife, percibe una retribución bruta de 92.292 euros anuales distribuida en 14 pagas de unos 6.592 euros al mes. En 2026 son 94.171 euros. Y los consejeros, unos 75.000 euros. Por su parte, Antonio Morales en Gran Canaria cobra 82.219 euros al año (5.872 euros mensuales), mientras que Lola García, presidenta de Fuerteventura, tiene asignados 75.144 euros anuales, lo que supone una nómina de 5.367 euros al mes.
Cabildo de Tenerife.
En el extremo opuesto se encuentran los casos de El Hierro y La Gomera, cuyos presidentes han renunciado a percibir sueldo de la institución insular. Alpidio Armas mantiene su remuneración como maestro jubilado, unos 13.000 euros, según El Día, mientras que Casimiro Curbelo percibe sus emolumentos como diputado en el Parlamento de Canarias. Esta disparidad de situaciones subraya la complejidad del sistema retributivo insular, que los cabildos pretenden unificar y elevar bajo su propio criterio. El Consultivo advierte de que, incluso si se aceptara su naturaleza autonómica, los sueldos deberían ser fijados por la Consejería de Hacienda regional y no por la propia voluntad de los cabildos. Si comparamos, el presidente de Canarias, Fernando Clavijo, percibe 76.824 euros. En 2024 publicamos ¿Qué pasa cuando un Portal de Transparencia publica datos erróneos?: El caso de las dietas del Parlamento de Canarias
El informe jurídico no solo cuestiona los salarios de los políticos, sino que también tumba las pretensiones de las corporaciones de aumentar su estructura de confianza. El artículo 87.3 de la propuesta de ley pretendía excluir a los cabildos de las limitaciones legales sobre el número de personal eventual (asesores), algo que el Consultivo también considera contrario a la norma estatal. Al tener una dimensión presupuestaria directa, el número de "puestos a dedo" no puede ser ilimitado, ya que el Estado tiene la competencia exclusiva para regular los gastos de personal de las administraciones locales para garantizar el equilibrio de las cuentas públicas. Por ejemplo, en el Cabildo de Tenerife hay hasta 29 personas en nómina como eventuales: 14 asesores técnicos con salarios de 42.521 euros anuales para cada uno y otras categorías como coordinadores, secretarios, jefes de protocolo o directores. Los salarios, en este caso, oscilan entre los 24.619 y los 83.186 euros anuales.
Del mismo modo, el dictamen señala como inconstitucional la disposición que pretendía blindar a los funcionarios que ocupen cargos de libre designación, permitiéndoles una excedencia con reserva de plaza de hasta cinco años. Para el órgano consultivo, estas medidas suponen un privilegio que excede el marco laboral y administrativo común. Con este informe sobre la mesa, el Parlamento de Canarias se ve obligado a revisar profundamente el texto legislativo para evitar un recurso ante el Tribunal Constitucional que anularía gran parte de la reforma estrella de las instituciones insulares.