Entra en vigor la ley que les prohíbe recibir donaciones de empresas y que los bancos les perdonen sus deudas

Se acabaron los chollos para los partidos políticos

Desde este miércoles se acabaron los chollos y las ventajas financieras para los partidos políticos. El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la Ley Orgánica de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos.


|

Financiación

Redacción/EP.- Desde este miércoles se acabaron los chollos y las ventajas financieras para los partidos políticos. El Boletín Oficial del Estado publicó ayer la Ley Orgánica de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, lo que supone la entrada en vigor de medidas como la prohibición de que las formaciones políticas reciban donaciones de personas jurídicas y de que los bancos puedan perdonarles sus deudas o intereses.


La ley fue aprobada el pasado jueves por el Congreso con los votos del PP y de los nacionalistas de CiU y PNV, pues tanto el PSOE como Izquierda Plural votaron en contra alegando que se queda corta y que no podían pactar medidas de regeneración con un partido, el PP, que tiene a sus extesoreros en el banquillo de los acusados por los casos Gürtel y Bárcenas y al que la Justicia achaca ser partícipe a título lucrativo de un delito de financiación ilegal.


La nueva normativa modifica tres leyes claves del sistema democrático: La Ley de Partidos Políticos, la Ley de Financiación de los Partidos Políticos y la ley del Tribunal de Cuentas.


Todas sus medidas entran en vigor este miércoles salvo las relativas a la información contable que las formaciones deben presentar anualmente ante el Tribunal de Cuentas, que se aplicarán a partir del 1 de enero de 2016.


Estas son algunas de las novedades de la ley:

  • Los partidos políticos, a los que la pasada legislatura ya se les había prohibido recibir donaciones anónimas, ya no podrán recaudar tampoco donaciones de personas jurídicas (empresas).
  • Todas las aportaciones económicas de más de 25.000 euros que reciba un partido deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas y después publicadas.
  • Los partidos podrán recibir donaciones no finalistas de ciudadanos extranjeros pero no podrán aceptar ninguna forma de financiación por parte de Gobiernos y organismos, entidades o empresas públicas extranjeras o de empresas relacionadas directa o indirectamente con los mismos.
  • Las formaciones políticas podrán renegociar las condiciones de sus créditos con los bancos pero ya no podrán ser objeto de condonación de deuda ni de intereses.
  • Se regula la figura del responsable de la gestión económico-financiera del partido, que podrá ser citado a comparecer ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) del Tribunal de Cuentas.
  • El Tribunal de Cuentas, antes de unos comicios de cuya fiscalización vaya a ser competente, habrá de comunicar a cada partido político el límite de gasto electoral para esa campaña. Hasta ahora el Gobierno publica antes de las elecciones un decreto en el que fija la subvención por escaño y voto y actualiza la cifra del tope de gasto electoral en función de una serie de variables y después el fiscalizador analiza si los partidos han superado o no ese tope.
  • Se imponen mayores exigencias de control y de transparencia de las fundaciones políticas. Si ya se las obligaba a informar al Tribunal de Cuentas de las donaciones que reciben, ahora todos sus ingresos deberán ser examinados por la institución fiscalizadora, incluyendo los convenios con entes públicos. Además, las fundaciones deberán someterse a una auditoría externa cada año cuyos resultados habrán de ser publicados en su web.
  • Las formaciones deberán adaptar sus estatutos para dejar claro asuntos de un funcionamiento interno como los derechos y deberes de los afiliados y su régimen disciplinario; los plazos para renovar sus órganos de dirección, cuyo mandato nunca superará los cuatro años; y el procedimiento de elección de sus cargos, que deberá garantizar la participación de todos los afiliados mediante sufragio libre y secreto.
  • Para depurar el Registro de Partidos Políticos, se introduce un procedimiento de declaración judicial de extinción de partidos, que permitirá, mediante la tramitación de un procedimiento en el que se garantiza la intervención judicial, cancelar la inscripción registral de partidos que se consideran inactivos.
  • La subvención que se otorga a los partidos por el envío gratuito de propaganda electoral se recorta un 20 por ciento. Además, se mantiene la el criterio que introdujo el Gobierno del PP de fijar cada año en los Presupuestos Generales la cuantía de las subvenciones ordinarias que se van a otorgar a los partidos, pero ahora se compromete al Gobierno a vincular esa partida presupuestaria al presupuesto consolidado sin intereses de cada ejercicio para ir "de la mano del gasto social".

Fuente de la fotografía.