| "¿Con IVA o sin IVA?" ha dicho la vicepresidenta. El Gobierno ha aprobado el proyecto de ley que prohibe efectuar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en las operaciones
en las que intervienen empresarios y autónomos. Pero ¿y si el pago se trocea en cantidades inferiores a 2.500 euros? La administración pública suele hacerlo cuando adjudica contratos sin concurso ni publicidad. ¿Está seguro el Gobierno de que con esta medida va a aflorar el dinero negro? El límite no afectará a
operaciones entre particulares y se elevará a 15.000 euros en el caso de
pagadores no residentes. Quienes incumplan esta ley se enfrentarán a multas del 25% del
valor del pago hecho en efectivo. "Si se incumple la limitación, tanto
el que paga como el que recibe serán responsables solidarios de la
infracción", ha dicho la vicepresidenta y portavoz del
Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa, quien, sin embargo, ha
recordado que si una de las partes pone en conocimiento de la Agencia
Tributaria el pago no será sancionado.
Además, el Gobierno ha fijado una multa mínima de
10.000 euros para aquellos contribuyentes que no declaren sus cuentas en
el extranjero, a los que se sumarán 5.000 euros por cada dato que se
descubra y que no haya sido comunicado por el contribuyente.
Éstas son dos de las medidas que incluye el proyecto de ley de lucha
contra el fraude fiscal que ha aprobado este viernes el Consejo de
Ministros, tal y como ha adelantado .
Así, el proyecto establece la obligación de comunicar las "cuentas,
valores, títulos, rentas o bienes inmuebles" en el extranjero de los que
sean titulares, beneficiarios o autorizados. Se incluyen todo tipo de
títulos, activos y cuentas en entidades financieras, así como valores y
seguros de vida.
Este tipo de delito fiscal no prescribirá y las rentas
descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán en el último
periodo impositivo no prescrito. No solo afectará a la titularidad, sino
también a la tenencia y adquisición de bienes y derechos no incluidos
en la declaración informativa.
Módulos
Por otro lado, el proyecto incluye modificaciones que afectan a los
empresarios incluidos en el régimen de módulos, ya que se excluirá de la
estimación objetiva a los empresarios que facturen menos del 50% de sus
operaciones a particulares y con un volumen de rendimientos íntegros
superior a 50.000 euros al año.
Entre estas actividades se encuentra la albañilería, la
fontanería, la carpintería y el transporte de mercancías por carreteras.
También quedarán excluidos los que obtengan rendimientos de más de
225.000 euros de otros empresarios o profesionales.
Para garantizar el pago de las deudas con Hacienda, el proyecto
permite a la Agencia Tributaria tomar medidas cautelares para evitar que
los deudores se declaren en situación de insolvencia o cometan un
alzamiento de bienes para que Hacienda no pueda cobrar.
En concreto, se elimina la posibilidad de aplazamientos de
créditos en situaciones de concurso, se facilitan los embargos
preventivos, se amplía la responsabilidad de los sucesores de empresas
liquidadas para evitar vacíos patrimoniales y se crea un nuevo supuesto
de responsabilidad subsidiaria para responsables de sociedades sin
patrimonio pero con actividad regular. Además, se limita la actividad de sociedades con inmuebles
participadas por deudores que se declaran sin bienes. Hasta ahora,
cuando una deudor se declaraba sin bienes pero con acciones en una
sociedad con inmuebles se le embargaban dichas acciones. A partir de
ahora, se limitará la actividad de la propia sociedad. Sanciones
Por otro lado, se endurecen las sanciones por resistencia y
obstrucción a la inspección con multas entre 1.000 euros y 100.000 euros
para los contribuyentes que no desarrollen actividades económicas y con
multas de entre 3.000 y 600.000 euros para los que sí las desarrollan.
Si estos deudores rectifican, pueden beneficiarse de reducciones de
hasta el 50% en las sanciones.
También se introducen algunos cambios en el uso del IVA en
operaciones inmobiliarias, ya que no se permitirá que el adquiriente se
deduzca el impuesto si el vendedor no lo ha ingresado previamente. En
los supuestos de declaración de concurso, el derecho a la deducción de
las cuotas antes del concurso no podrá realizarse en liquidaciones
posteriores. "Se trata de que declare todo el mundo, porque para que aumente la
recaudación, más que el debate de los tipos, es importante que las bases
sean muy amplias", ha señalado la vicepresidenta, tras resaltar la necesidad de acabar en
el España con la pregunta de "¿con IVA o sin IVA?".
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