Informe Anual de Retribuciones de los consejeros de Sociedades Anóminas Cotizadas

Los sueldos (privados) del Consejo de Endesa

Endesa es una empresa privada, pero como a todos nos afecta el sector energético, ya sea con cabreos o con facturas desmedidas e incomprensibles, hemos decidido hacernos eco del documento público de 19 páginas que la compañía ha puesto a disposición de los mortales


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Endesa

Endesa es una empresa privada, pero como a todos nos afecta el sector energético, ya sea con cabreos o con facturas desmedidas e incomprensibles, hemos decidido hacernos eco del documento público de 19 páginas que la compañía ha puesto a disposición de los mortales. Solo copiando algunos párrafos textuales salimos de dudas, que no de deudas.


Puedes ampliar la información consultando el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Sociedades Anóminas Cotizadas*. Podrás leer, con detalle, las indemnizaciones, prejubilaciones, seguros, anticipos, créditos, remuneraciones en especie, préstamos con intereses, sin intereses… y una tabla con los nombres de los implicados y lo que han cobrado. Un documento fantástico sobre el ejercicio 2014 y estimaciones para este año. Sirvan unos párrafos de muestra.


La remuneración fija anual del presidente y consejero delegado, para el ejercicio 2015, asciende a 1.132.000 euros brutos y 671.811 euros brutos, respectivamente. La remuneración fija, en su caso, se actualizará anualmente en la forma y cuantía que establezca el Consejo de Administración.


Es curioso porque este dato lo obtenemos en la página cuatro del documento, pero en la dos leemos “El Consejero Delegado, renuncia a cualquier percepción por el desempeño del cargo de Consejero (sic)”. No lo entendemos.


Los “sueldos” del presidente y consejero delegado vienen determinados principalmente por el nivel de responsabilidad asignado y de forma secundaria por la trayectoria profesional. Dicha retribución alcanza respecto a la remuneración total una proporción suficiente para dotar de la flexibilidad adecuada la gestión de los componentes variables.


La remuneración de los administradores, por su pertenencia al Consejo, se compone de asignación fija mensual (remuneración fija) y dietas de asistencia, para cada sesión de los órganos de administración de la sociedad y sus comités. La cuantía de dicha dieta será, como máximo, el importe que se determine como asignación fija mensual. El Consejo de Administración podrá, dentro de este límite, establecer la cuantía de las dietas.


Para el ejercicio 2015 el importe de la “asignación fija” mensual, asciende a 15.642,56 euros y el importe de las dietas de asistencia es 1.502,53 euros. En ambos casos se consolida la reducción del 25%, aplicada en el ejercicio 2014. Por lo que la estimación de la remuneración de los administradores, por su pertenencia al Consejo, para el ejercicio 2015, ascenderá a 187.710 euros en concepto de asignación fija mensual, y aproximadamente (en función del número de sesiones que del Consejo y de los Comités se celebren) 57.000 euros en concepto de dietas de asistencia. 


Asimismo, hay que señalar que sólo perciben remuneración por su pertenencia al Consejo (asignación fija y dietas) los consejeros independientes y el Presidente. El resto de consejeros ha renunciado a cualquier percepción en concepto de retribución como miembros del Consejo.


La remuneración máxima, global y anual, para todo el Consejo y por los conceptos anteriores, será la que determine la Junta General de Accionistas, y permanecerá vigente hasta que esta no acuerde su modificación.


Las retribuciones mencionadas en los párrafos precedentes, derivadas de la pertenencia al Consejo de Administración, son compatibles con las demás percepciones profesionales o laborales que correspondan a los consejeros por cualesquiera otras funciones ejecutivas o de asesoramiento que, en su caso, desempeñen para la sociedad distintas de las de supervisión y decisión colegiada propias de su condición de consejeros, las cuales se someterán al régimen legal que les fuere aplicable.


Los importes de los componentes fijos, en concreto y atendiendo a las definiciones de la Circular 5/2013, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, los “sueldos” de los dos consejeros ejecutivos (presidente y consejero delegado) que perciben retribución en dicho concepto, correspondientes a sus particulares regímenes, al margen de su condición de consejeros, serán propuestos por el Comité de Nombramientos y Retribuciones al Consejo, y estarán sujetos a la obligación de transparencia. 


Previsión social

Los consejeros ejecutivos (presidente y consejero delegado) y los altos directivos son beneficiarios de un sistema de Previsión Social Complementario para cubrir las contingencias de jubilación, incapacidad y fallecimiento. Dicho sistema se instrumenta mediante aportaciones al “Plan de Pensiones de los empleados del Grupo Endesa” del que es partícipe el directivo en función de fecha y empresa de incorporación y aportaciones complementarias realizadas a una póliza de seguro o instrumento similar destinado al efecto.


En cuanto a las coberturas de invalidez y fallecimiento, Endesa tiene suscrito un seguro de vida y accidentes que garantiza determinados capitales y/o rentas en función de la contingencia de que se trate.


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*Informe Anual. (19 páginas en pdf)


Fuente de la fotografía